lunes, 4 de abril de 2016







Son diferentes posibilidades que tienen las personas envueltas en un conflicto para solucionarlo sin la intervención de un juez ni de un proceso judicial, es decir, son una opción para resolver conflictos de una manera amistosa, expedita, sencilla, ágil, eficiente, eficaz y con plenos efectos legales, los protagonistas son las partes! El conciliador se encuentra para facilitar el diálogo, no para decidir.

Beneficios Forma idónea de facilitar el acceso a la justicia al ciudadano Eficacia Participación ciudadana Tranquilidad; ahorro de tiempo y de dinero Son procesos rápidos y sencillos Son informales y la manera menos estresante de alcanzar una solución Permiten ayudar a que las partes determinen, cómo sus necesidades queden satisfechas Las partes y no el tercero neutral deciden la solución de su problema Ejemplos de mecanismos alternativos.

  • La mediación 
  •  La conciliación 
  •  Justicia de paz 
  •  Arbitraje 
  •  Amigable composición 


La conciliación: 

Mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas  O mas (naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras ) gestionan por sí mismas de manera autónoma y con plenos efectos legales, la  solución de sus conflictos, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. 

Asuntos conciliables:  


Pueden ser sometidos a conciliación, todos los asuntos susceptibles de ser transados o arreglados directamente, disentimiento y aquellos que la ley permita. Puede haber conciliación en materia laboral, de familia, civil, contencioso administrativa, comercial, agraria y policiva. 


Asuntos conciliables en los consultorios jurídicos:


  • La custodia, cuidado personal y visitas a menores 
  • Fijación de la cuota alimentaria 
  • Asuntos que susceptibles de transacción 
  • Proceso de restitución de bien inmueble arrendado 
  • Aumento, disminución o  exoneración de alimentos.
  • Muchos más.

Trámite de la solicitud :

La conciliación empieza con la solicitud, es decir, una vez surgido un conflicto, la persona interesada debe presentar una solicitud de conciliación ante el operador de la conciliación que desee; dicha solicitud debe ser presentada por la persona que hace parte del conflicto. 

Para acceder a este servicio debe presentarse:

1. Solicitud escrita, la cual debe contener la identificación de las partes (nombre, documento de identidad,dirección, teléfono, fax y correo electrónico), una relación de los hechos que dieron origen al conflicto y lo que se pretende a través de la conciliación, con la respectiva estimación económica o con la manifestación de que sus pretensiones carecen de valor.   

2. Todos aquellos documentos que la parte solicitante considere que sirvan como soporte a la solicitud, como: poder, certificados de existencia y representación legal, matriculas inmobiliarias, escrituras, entre otros. 

3. Copias de traslado para los solicitados. 


Cual es el procedimiento de una conciliación ? 

Una vez recibida la solicitud de conciliación, se radica en el sistema y se le asigna un conciliador, se le señala la fecha y hora de audiencia y se envían las invitaciones a las partes con el fin de que las mismas asistan voluntariamente a la audiencia.  

Llegado el día y la hora programado para la audiencia, se espera que ambas partes asistan, se les indica en que consiste la conciliación, se fijan las reglas de intervención a la audiencia.   

En la misma, el conciliador actúa como un tercero neutral, no adopta decisiones y en caso de llegarse a un acuerdo, verifica la legalidad del mismo, a fin de materializarlo en un documento denominado Acta de Conciliación, a la cual la ley ha dado dos efectos jurídicos importantes, merito ejecutivo y el transito a cosa juzgada.  

  • Duración de un tramite conciliatorio mínimo 3 meses 

Tiempo de programación de audiencias : 

Una vez recibida la solicitud de conciliación el día hábil para esta, se esperara dentro de 2 o 3 semanas la fecha para la situación de la audiencia de conciliación.

las conciliaciones se pueden adelantar en cualquier Centro de Conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho. 

Que efectos tiene la conciliación? 

Cuando se logra un acuerdo conciliatorio, los efectos que produce el acta de conciliación, son los mismos de una sentencia, es decir, presta merito ejecutivo, lo cual significa que si una de las partes incumple alguna de las obligaciones establecidas en el acta de conciliación, la otra parte puede iniciar un proceso ejecutivo, a fin de que el juez de dicho proceso ordene el cumplimiento del acuerdo conciliatorio, no pueden acudir a ninguna otra instancia judicial, por cuanto la controversia quedo resuelta con citado acuerdo. 

Que sucede si no hay acuerdo conciliatorio? 

Si en desarrollo de la audiencia las partes no logran acuerdo, por cualquier circunstancia, se les expedirá una constancia de la imposibilidad del acuerdo. 
En el evento en que alguna de las partes adelante un proceso judicial por los hechos, puede presentar ante el juez esa constancia de imposibilidad, a efectos de que en el curso del proceso judicial, no se adelante dicha etapa procesal y por ende se de agilidad al mismo.


Que sucede si una parte no asiste a la audiencia?

Si alguna de las partes no asiste a la audiencia y no se excusa, se le citará a una segunda reunión, si a ésta no asiste y tampoco se excusa, se expedirá una constancia de su inasistencia y se le entregará a quien si asiste a la audiencia.

Dicha constancia sirve para que, en el evento de que se adelante un proceso judicial por los mismos hechos, se haga valer como un indicio grave en contra de quien no asistió a la audiencia, el cual se aplicará a las pretensiones, en el evento en que formule una demanda, o en contra de las excepciones, en el evento en que conteste una demanda.



Los abogados pueden hacer conciliaciones en sus oficinas?

  • La ley 640 faculta a los abogados que hayan recibido capacitación exigida por el Ministerio de Justicia y del Derecho y que sean codificados por un centro de conciliación e inscritos en sus listas para realizar conciliaciones en sus oficinas, la condición de que registren el acta o la constancia producto de la audiencia de conciliación en el centro de conciliación en el que están inscritos dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de realización de la conciliación

  •  Fuera de los Centros de Conciliación, de La ley   640 faculto a los personeros y notarios para hacer conciliaciones. 

Beneficios: 

  • Eficacia, rapidez e informalidad: La conciliación no esta sometida a formalismos excesivos y dilatorios y se desarrolla,normalmente, en una audiencia al termino de la cual, en caso de haber logrado la solución de la controversia, se firma un acta de conciliación 
  • Validez: El acuerdo logrado en virtud de la conciliación, resuelve de manera definitiva la controversia discutida y es de obligatorio cumplimiento para las partes involucradas. 
  • Participación de las partes e idoneidad de los conciliadores: El acuerdo conciliatorio es el resultado de la negociación directa de las controversias por las mismas. Los conciliadores nombrados por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición son expertos en los temas  jurídicos debatidos, en técnicas de negociación y en sociología de los conflictos y , por lo tanto, son facilitadores para que las partes logren sus acuerdos. 
  • Comodidad, privacidad y confiabilidad: El centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición dispone de modernas instalaciones en donde las partes, de manera confortable y privada, podrán buscar la solución directa de sus diferencias. Las discusiones, los argumentos de las partes y los acuerdos serán reservados y respecto a los mismos, se conservara estricta confidencialidad.


Amigable Composición: 

la amigable composición es el Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos mediante el cual dos o mas particulares, un particular y una o mas entidades publicas, o quien desempeñe funciones administrativas delegan a un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición. 


Quienes son los amigables componedores?

Los amigables componedores son los terceros encargados por las partes para resolver el conflicto que los enfrenta. Los amigables componedores no tiene que ser abogados pero son personas que cuentan con reconocido prestigio, amplia trayectoria profesional y solvencia moral para decidir la forma en que deben resolver las controversias. 


Como acudir a la amigable composición?  


Para acceder a este servicio debe presentarse:
  1. Solicitud escrita por cualquiera de las partes o por ambas.
  2. Una relación de los hechos de que originaron las controversias y lo que se pretenda por parte del solicitante con una estimación económica o con  la manifestación  o con la manifestación de que su pretensión carece de valor.
  3. Los documentos necesarios para respaldar la solicitud, en especial el documento en el que conste la voluntad de las partes de resolver su conflicto a través de la amigable composición. 

Beneficios: 

Sencillez, Informalidad y Flexibilidad: Por no estar sometida a un procedimiento especial, la amigable composición es el Método Alternativo de Solución de Conflictos  mas simple y flexible. Son las partes que en el contrato de composición determinan el alcance del amigable componedor y este es el que, con base en su conocimiento, experiencia y pericia determinan la forma de solucionar el conflicto que los enfrenta.

Validez: La decisión final del amigable componedor, como resultado de las discusiones, concesiones, y arreglos que haya efectuado en la ejecución del mandato que las partes han conferido, produce los mismos efectos de la transacción y por tanto, pone fin a las disputas de los involucrados y es de obligatorio cumplimiento para los mismos. 


Arbitraje 

Es un mecanismo mediante el cual las partes involucradas en un conflicto delegan la solución de este en un numero impar de abogados denominados árbitros, quienes tienen la facultad de administrar justicia y profieren una sentencia que se denomina laudo arbitral.  

Pacto arbitral: Es un negocio jurídico mediante el cual las partes manifiestan su voluntad que sean los árbitros quienes definan su controversia. 
  
  • Tipos de pacto arbitral: 

Clausula compromisoria: Es la manifestación de voluntad que se incluye en el contrato o documento donde se establece que los conflictos surgidos en el desarrollo de dicho contrato serán resueltos mediante arbitraje. Esta clausula se establece antes de surgido el conflicto. 

El compromiso:  Es un contrato o documento independiente en las cual las partes deciden resolver las diferencias que los enfrentan mediante un proceso arbitral. Este pacta después de que surge el conflicto, lo que permite llevar a arbitraje las controversias que se estén ventilando ante los jueces. 

Beneficios: 

  • Agilidad y oportunidad: Simplificación de los requisitos propios de los procesos ordinarios hace del arbitraje una herramienta ágil y oportuna.
  • Plenos efectos legales: El ludo arbitral se asemeja a una sentencia y por tanto, la decisión tomada por por los árbitros es de obligatorio e inmediato cumplimiento   
  • Privacidad y Confidencialidad: Solo se permite el acceso al tramite y sus documentos a las personas que estén debidamente acreditadas o demuestren tener interés legitimo en el mismo.
  • Imparcialidad: Los árbitros son profesionales independientes que gozan de gran prestigio en la comunidad jurídica. 





domingo, 27 de marzo de 2016

Una modalidad diferente y practica

Una modalidad diferente

conciliacion virtual: Modalidad de conciliación, en la que el procedimiento es administrado con apoyo en un sistema de información, aplicativo o plataforma y las comunicaciones de las partes se surten a través del mismo.





















Tomado de: Programa nacional cociliacion;  MINJUSTICIA